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Licencia de primera ocupación / cédula de habitabilidad · Madrid

Licencia de primera ocupación en Madrid: cuándo se pide y cómo se tramita

Certifica que el edificio se ajusta a la licencia concedida y puede usarse. Sin ella, dar de alta los suministros o vender puede complicarse.

Dove
Madrid ()
Ente
Ayuntamiento de Madrid, en el marco de la Ley 9/2001 del suelo de la Comunidad de Madrid y del PGOU municipal; alteración catastral: Dirección General del Catastro
Primo passo
Tramitación hasta la concesión

La licencia de primera ocupación la concede el Ayuntamiento y acredita que la obra se ha ejecutado conforme a la licencia y que el edificio reúne las condiciones de uso. Distinta es la cédula de habitabilidad, que certifica las condiciones mínimas de la vivienda: hoy solo la exigen algunas Comunidades Autónomas, como Cataluña, la Comunidad Valenciana o Murcia, no todas.

Cuándo es necesario

Cuándo no es necesario

Conviene decirlo: a menudo se paga un trámite que no era obligatorio.

Qué necesitas tener

El punto delicado es el certificado final de obra: exige que los técnicos certifiquen la conformidad con lo licenciado. Si hubo desviaciones, primero hay que resolverlas.

Cómo trabajo

01

Verificación de la situación

Reviso licencia, certificados y estado real del edificio, y te digo si la primera ocupación es tramitable o qué falta para que lo sea.

1 semana
02

Preparación del expediente

Reunión de la documentación técnica, gestión del certificado final de obra y cumplimentación de la solicitud municipal.

según el trabajo
03

Tramitación hasta la concesión

Presentación ante el Ayuntamiento, respuesta a requerimientos y seguimiento hasta obtener el título.

hasta la resolución

Los plazos indicados son mis tiempos de trabajo. Los del Ayuntamiento se suman y dependen de cada expediente.

Un caso real

Obra terminada, suministros pendientes

Una vivienda unifamiliar terminada, con las compañías eléctrica y de agua pidiendo la primera ocupación para el alta definitiva. El expediente se cerró con el certificado final de obra y la solicitud municipal. Lo que alargó el proceso no fue la tramitación: fue reconstruir qué había licenciado exactamente el proyecto inicial.

Dime qué necesitas

Respondo yo, personalmente. Si prefieres el teléfono, dime cuándo puedo llamarte.

+39 339 589 6023WhatsAppmichelangelo@atomoprogetti.it

Trámite a presentar ante: Ayuntamiento de Madrid, en el marco de la Ley 9/2001 del suelo de la Comunidad de Madrid y del PGOU municipal; alteración catastral: Dirección General del Catastro. En España, la Ley de Ordenación de la Edificación reserva el proyecto y la dirección de obra de los edificios residenciales al arquitecto, y la dirección de ejecución al arquitecto técnico; el proyecto de ejecución y el certificado final de obra exigen visado colegial obligatorio, por lo que su autor debe estar colegiado en el Colegio Oficial de Arquitectos. Un arquitecto italiano puede operar en prestación temporal y ocasional presentando una declaración previa escrita a la autoridad competente, sin reconocimiento previo de las cualificaciones; los trabajos sujetos a visado se hacen visar igualmente ante el Colegio territorial. Para el establecimiento permanente se requiere el reconocimiento del título y la colegiación.